LA PERSONA PRIVADA DE LIBERTAD COMO TITULAR DE LOS DERECHOS HUMANOS Y FUNDAMENTALES
Para lograr conceptualizar el contenido
del término derechos humanos, resulta indispensable desintegrar el mismo en sus
componentes con el objetivo de dilucidar las implicaciones y la acepción de los
mismos, el primer término está referido a la facultad o potestad de acción, al
consentimiento reconocido y encaminado a establecer los parámetros en los
cuales podemos desenvolver nuestra conducta en el sentido de exigir una
conducta determinada de otro sujeto o del mismo estado si corresponde y en lo
que refiere al segundo término implica fundamentalmente a la esencia o
naturaleza del mismo individuo es decir su humanidad sea hombre o mujer.